Los creadores de ‘Sálvame’, condenados por revelar el episodio de maltrato de Rocío Flores con su madre cuando era menor

Óscar Cornejo y Adrián Madrid han sido condenados a dos años de cárcel y otros dos de inhabilitación, además de 200.000 euros de multa

 

Los creadores de 'Sálvame', condenados por revelar el episodio de maltrato  de Rocío Flores con su madre cuando era menor

 

La Sección nº 29 de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia histórica que sienta un precedente en la protección de la intimidad de los menores y ex menores de edad en los medios de comunicación.

Óscar Cornejo y Adrián Madrid, fundadores de la extinta productora La Fábrica de la Tele y actuales propietarios de La Osa Producciones, han sido condenados a dos años de prisión, otros dos de inhabilitación y al pago de una multa de 200.000 euros como autores responsables de un delito de revelación de secretos.

La condena se produce después de que los productores incluyeran información reservada de Rocío Flores en el documental “Rocío, contar la verdad para seguir viva”, en el que se relataba un episodio conflictivo de su infancia con su madre, Rocío Carrasco.

Según la sentencia, los documentos y testimonios emitidos contenían datos sensibles sobre la vida y la intimidad de Rocío Flores cuando era menor de edad, y su difusión se realizó sin el consentimiento de la afectada, violando así el derecho a la intimidad y a la protección de menores.

“El daño moral sufrido por Rocío Flores es evidente, puesto que se revelaron datos incluidos en un procedimiento judicial de menores, que gozan de especial protección por ser de carácter reservado”, señala el fallo.

La Audiencia añade que el programa estigmatizó a la joven por un suceso aislado en su adolescencia, afectando su honor y obstaculizando su derecho a la reinserción social.

 

La reacción de Óscar Cornejo y Adrián Madrid tras ser condenados a prisión:  "sorpresa" ante una sentencia que "será recurrida"

 

El proceso judicial se remonta a la emisión del capítulo en 2021.

Inicialmente, la denuncia presentada por Rocío Flores fue archivada por el juzgado de instrucción, pero su defensa recurrió, logrando que la Sección nº 29 de la Audiencia Provincial continuara con el procedimiento y emitiera la condena.

La sentencia enfatiza que, aunque parte de la información ya era conocida públicamente, el hecho de que proviniera de un expediente judicial protegido por la ley de menores convierte su divulgación en un atentado a la esfera íntima, personal y familiar de la joven.

“El secreto existirá siempre, hasta que su dueño no lo quiera hacer público”, afirma la resolución.

En declaraciones recogidas durante el juicio, los abogados de Rocío Flores subrayaron que la exposición de su historia en televisión sin autorización vulneró derechos fundamentales y generó un daño psicológico considerable.

“La única persona legitimada para autorizar que esa información formara parte del documental era Rocío Flores”, indicó la defensa.

La sentencia refuerza la importancia de respetar la esfera privada de las personas, especialmente cuando se trata de hechos ocurridos durante la minoría de edad, y advierte sobre los riesgos legales que conlleva la difusión no autorizada de datos personales sensibles.

 

Óscar Cornejo y Adrián Madrid, condenados a dos años de cárcel y 200.000  euros de indemnización a Rocío Flores - FormulaTV

 

Los condenados, Cornejo y Madrid, son responsables de programas como ‘Sálvame’ y ‘No somos nadie’ en Ten, así como de contenidos emitidos en TVE como ‘Malas lenguas’ y ‘Directo al grano’.

La difusión del episodio de Rocío Flores en el documental provocó un reencuentro muy esperado entre madre e hija en junio de 2025, tras 13 años de distanciamiento, un momento emotivo que fue ampliamente cubierto por la prensa.

Sin embargo, la justicia ha determinado que la manera en que se presentó la información excedió los límites legales, vulnerando la protección de la intimidad de la menor.

El tribunal también tuvo en cuenta los datos de audiencia de los programas, señalando que la inclusión de detalles personales de Rocío Flores tenía un efecto evidente de estigmatización y buscaba, indirectamente, generar interés mediático.

“Se ha estigmatizado a la perjudicada por un suceso aislado cuando era menor de edad, su personalidad aún estaba en desarrollo, en plena adolescencia”, subraya la sentencia, que considera que la exposición mediática de estos hechos obstaculiza la normalización y la reinserción social de la afectada.

La condena incluye responsabilidad civil, que deberá ser asumida por Radical Change Contents —el nuevo nombre de La Fábrica de la Tele— y por Mediaset España, que adquirió el 100% de las acciones de la productora en marzo de 2024.

Esto significa que ambas entidades tendrán que hacer frente al pago de la multa impuesta, además de asumir el daño moral ocasionado a Rocío Flores.

La sentencia considera que la magnitud del daño y la intencionalidad de los productores hacen que la pena sea “significativa y relevante”, rechazando cualquier intento de atenuación basado en argumentos formales o ficticios.

 

Rocío Flores gana la batalla legal contra Óscar Cornejo y Adrián Madrid

 

Expertos legales consultados destacan que esta resolución tiene un carácter ejemplarizante, ya que establece un límite claro sobre lo que los medios pueden publicar respecto a menores y ex menores de edad.

“La sentencia refuerza la noción de que los medios deben actuar con responsabilidad y respetar el derecho a la intimidad, independientemente del interés público que pueda generar la información”, explica un especialista en derecho mediático.

La familia de Rocío Flores, que ha seguido de cerca el proceso, ha mostrado su satisfacción por el fallo judicial.

Este veredicto no solo representa una reparación del daño sufrido por la joven, sino que también envía un mensaje contundente a los medios de comunicación sobre la importancia de respetar la privacidad y los derechos fundamentales de las personas, especialmente cuando se trata de hechos ocurridos durante la infancia o adolescencia.

En conclusión, la condena de Óscar Cornejo y Adrián Madrid por la revelación de secretos de Rocío Flores reafirma la protección legal de la intimidad de los menores y ex menores de edad en España.

La resolución subraya que la difusión de información judicial sensible sin consentimiento no puede ser justificada por el interés mediático o la audiencia, y que el respeto a la privacidad sigue siendo un pilar fundamental del ordenamiento jurídico.

La sentencia marca un precedente que, sin duda, influirá en la manera en que los medios abordan casos similares en el futuro.

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